Ineficacia de la cláusula "devuelta sin gastos" o "sin obligación de protesto" en letras de cambio "a la vista" o "a un plazo desde la vista" y en pagarés "a la vista"

Authors

  • Alberto Viada Lozano Universidad Católica del Norte.

Abstract

Es un concepto comunmente aceptado que los protestos son instrumentos públicos o auténticos, otorgados con las solemnidades legales y autorizados por los competentes funcionarios.
No nos referimos en este trabajo a los protestos de cheques, cuya única causal, "falta de pago", y sus solemnidades están establecidas en el artículo 33 del Decreto con Fuerza de Ley 707 de 1982, porque respecto de los cheques no cabe la cláusula "devuelta sin gastos" o "sin obligación de protesto", ya que el artículo 13 de dicho cuerpo legal, luego de establecer las menciones que debe contener un cheque, dispone expresamente que "cualesquiera otras circunstancias o cláusulas que se agreguen al cheque, se tendrán por no escritas".

Author Biography

Alberto Viada Lozano, Universidad Católica del Norte.

Escuela de Derecho.

Profesor de Derecho Comercial.

How to Cite

Viada Lozano, A. (1). Ineficacia de la cláusula "devuelta sin gastos" o "sin obligación de protesto" en letras de cambio "a la vista" o "a un plazo desde la vista" y en pagarés "a la vista". Revista De Derecho (Coquimbo. En línea), (10), 243-253. Retrieved from https://revistaderecho.ucn.cl/index.php/revista-derecho/article/view/2873

Issue

Section

Estudios