Derecho constitucional de petición al servicio del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental

Autores/as

  • Francisco Javier González Silva Universidad Católica del Norte.

DOI:

https://doi.org/10.22199/issn.0718-9753-2230

Resumen

La regulación del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental chileno nos señala que los proyectos o actividades señalados en el artículo 10 de la Ley 19.300 de Bases del Medio Ambiente, - desarrollado en profundidad en el Artículo 3 del Reglamento al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental- , sólo pueden ejecutarse previa evaluación ambiental de los mismos.

Biografía del autor/a

Francisco Javier González Silva, Universidad Católica del Norte.

Escuela de Derecho.

Profesor de Derecho Ambiental.

Publicado

1999-05-12

Cómo citar

González Silva, F. J. (1999). Derecho constitucional de petición al servicio del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. Revista De Derecho (Coquimbo. En línea), (6), 99-101. https://doi.org/10.22199/issn.0718-9753-2230

Número

Sección

Investigaciones