Honra, privacidad e información:
Un crucial conflicto de bienes jurídicos
Resumen
En la conferencia que voy a presentarles, trataré uno de los temas que tienen que ver con el conflicto de la relación recíproca entre los bienes de la libertad de información, la honra, la privacidad, la intimidad, como es el tema de la privacidad como secreto, vale decir, el derecho o la pretensión que tenemos de que muchas cosas o muchos asuntos en nuestras vidas privadas estén exentas del conocimiento, y no sólo del juicio ajeno. Sin embargo, para eso hay que establecer algunas relaciones con otros bienes comprometidos, por lo que también me referiré a los límites y a las diferencias conceptuales que existen entre la honra, por un lado, y la privacidad por el otro, porque son bienes distintos, y están protegidos de una manera diferente, tanto en nuestro ordenamiento como en el derecho comparado.
La noción jurídica de privacidad posee en verdad un significado difuso, al que son asociadas cuestiones que presentan sólo remotas analogías recíprocas, y cuya enorme fuerza expansiva parece asociarse al creciente desarrollo de instituciones de protección de la individualidad en las sociedades liberales contemporáneas. Así, en su sentido jurídico más originario la idea de privacidad, lo privado fue asociado a los llamados derechos a la personalidad, cuyo fundamento es la autoridad que se reconoce a la persona respecto de sí misma en sus relaciones con los demás. Por eso, en un sentido genérico, como el referido en la Constitución Política, el derecho a la vida privada más bien denota un ámbito, un conjunto de bienes dentro del cual co-actúan diversos derechos e intereses.
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