Comentarios al nuevo régimen de aguas subterráneas a partir de la reforma al Código de Aguas de 2005
DOI:
https://doi.org/10.22199/S07189753.2007.0002.00003Palabras clave:
Aguas subterráneas, Dirección General de Aguas (DGA), Discrecionalidad administrativaResumen
Este trabajo trata acerca del nuevo régimen de aguas subterráneas que comenzó a regir a partir de la reforma al Código de Aguas de fecha 16 junio de 2005. junto con comentar y analizar cada una de las nuevas disposiciones que la modificación legal introdujo al título referido a las aguas subterráneas, se analiza la Resolución N" 341 de la Dirección General de Aguas que complementó dicha reforma, haciéndose especial mención a los mayores márgenes de discrecionalidad administrativa introducidos por medio de ambas regulaciones. Para terminar, se concluye lo insuficiente que fue dicha reforma, al menos en lo que a aguas subterráneas se refiere, debido a que buena parte de su actual regulación descansa en una norma de carácter administrativo y no en una norma de rango legal, tal como debe ser.
Citas
BULNES ALDUNATE, Luz (1985) "El derecho a desarrollar cualquier actividad económica". Revista de Derecho Público, N° 37-38.
CANUT DE BON L., Alejandro (2000) "Derechos de aprovechamiento de sobre aguas subterráneas almacenadas ". Revista de Derecho Administrativo Económico. Vol. II/ N° 1.
CEA EGAÑA, José Luis (2004) Derecho Constitucional Chileno. Derechos, Deberes y Garantías. Tomo II. Santiago. Ediciones Universidad Católica de Chile.
CUSTODIO, Emilio (1976) Hidrología Subterránea. Barcelona: Editorial Omega.
FERMANDOIS Vöhringer, Arturo (2006) Derecho Constitucional Económico. Garantías Económicas, Doctrina y Jurisprudencia. Tomo I. Santiago: Ediciones Universidad Católica de Chile.
HOUSTON, John y otros (2001) "Constitución de derechos de aprovechamiento sobre aguas subterráneas almacenadas". Revista de Derecho Administrativo Económico. Vol. III/N° 1.
MUÑOZ RODRÍGUEZ, Jaime (2001) "Gestión de aguas subterráneas, derechos provisionales y recarga artificial de acuíferos". Actas III Jornadas de Derecho de Aguas. Pontificia Universidad Católica de Chile. Revista de Derecho Administrativo Económico. Vol. VIII/N° 2.
PALACIOS GONZÁLEZ, Galvarino (1987) "La garantía constitucional del racional y justo proceso". Gaceta jurídica N° 84.
SOLANES R., Miguel (2002) "Aguas Subterráneas: necesidades regulatorias". Actas IV Jornadas de Derecho de Aguas. Pontificia Universidad Católica de Chile. Revista de Derecho Administrativo Económico. Vol. IV/N° 1.
SOTO KLOSS, Eduardo (1982) El Recurso de Protección. Orígenes, doctrina y jurisprudencia. Santiago: Editorial Jurídica de Chile.
VERDUGO MARINKOVIC, Mario y otros (1994) Derecho Constitucional. Tomo I. Santiago: Editorial Jurídica de Chile.
VIAL DEL Río, Víctor (2000) Acto Jurídico y Personas. Teoría General del Acto Jurídico. Santiago: Ediciones Universidad Católica de Chile.
VERGARA BLANCO, Alejandro (2004) "Discrecionalidad Administrativa y nuevas limitaciones a los derechos de agua". Puntos de Referencia. CEP N° 276.
-----(1998) Derecho de Aguas. Tomo I. Santiago: Editorial Jurídica de Chile.
WHITTOW, John (1988) Diccionario de Geografía Física. Madrid: Alianza Editorial.
ZAÑARTU ROSSELOT, Hipólito (2001) "Aguas Subterráneas: ¿Necesidad de un nuevo enfoque?" Actas III Jornadas de Derecho de Aguas 2000. Revista de Derecho Administrativo Económico. Vol. VIII/N° 2.
ZAPATA LARRAÍN, Patricio (1994). La jurisprudencia del Tribunal Constitucional. Santiago: Corporación Tiempo 2000.
JURISPRUDENCIA CITADA
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA: Dictamen N° 19.545/2005.
REVISTA DE DERECHO Y JURISPRUDENCIA: Tomo 98, sec. 7. p. 45.
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL: Roles número 124, 146-167, 184, 185, 245-246, 247, 253, 254, 282, 325 y 370.
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