Vol. 26 (2019)
Research

The chilean legislation is not contrary to shared custody with the opposition of one of parents

Rodrigo Barcia Lehmann
Universidad Finis Terrae.
Bio

Published 2019-09-30

Keywords

  • Custody,
  • Parental co-responsibility,
  • Equality of parents,
  • The best interests of the child

How to Cite

Barcia Lehmann, R. (2019). The chilean legislation is not contrary to shared custody with the opposition of one of parents. Revista De Derecho (Coquimbo. En línea), 26, e3594. https://doi.org/10.22199/issn.0718-9753-2019-0004

Abstract

Shared custody is justified, even with the opposition of one of the parents, and justifies its application in the absence of a law that expressly establishes it. Shared custody is presented as a fundamental manifestation of the child's interest, especially in exclusive custody regimes.

Downloads

Download data is not yet available.

References

  1. Acuña San Martín, M. (2016). Relaciones jurídicas entre los padres y el (la) hijo (a). Fi-liación. En J. Del Picó (Dir.), Derecho de Familia (pp. 423-572). Santiago: Thomson Reuters.
  2. Alcázar Ruiz, R. (2014). Diseño de una escala para la evaluación de la custodia com-partida en el ámbito judicial. Estrategia para la validación científica de la escala (ICC) Azarbe, (3), 271-277. Recuperado de http://bit.ly/2mRLrnJ
  3. Alascio, L. (2011). La excepcionalidad de la custodia compartida impuesta (art. 92.8 CC). InDret, (2), 25. Recuperado de http://bit.ly/2mO3uLu
  4. Anteproyecto de ley sobre el ejercicio de la corresponsabilidad parental en caso de nulidad divorcio separación. CM 19-7-13, Madrid, España, 19 de julio de 2013. Recu-perado de http://bit.ly/2lZf6L9
  5. Barcia Lehmann, R. (2011). Fundamentos del Derecho de familia y de la infancia. San-tiago: Thomson Reuters.
  6. Biblioteca del Congreso Nacional de Chile. (2019). Historia de la Ley N° 20.680 [PDF]. Recuperado de http://bit.ly/2mEIuXx
  7. Bodelón, E. (2012). La custodia compartida desde un análisis de género: estrategias machistas para invisibilizar la violencia en las rupturas familiares. En T. Picontó (Ed.), La custodia compartida a debate (Vol. 56, pp. 131–154). Madrid: Dykinson.
  8. Brasil. Presidência da República. (2002). Código Civil. Recuperado de http://bit.ly/2mVHJJA
  9. Cajigal, I. (2016). La facultad de delegar el ejercicio de la responsabilidad parental. Cuadernos de doctrina judicial de la provincia de la pampa, 8(1), 284-297. Recuperado de http://bit.ly/2ms9lpO
  10. Campuzano, H. (2004). La custodia compartida. Doctrina jurisprudencial de las Au-diencias Provinciales. Aranzadi civil (Ed. quincenal), (3), 2479-2512.
  11. Chile, Cámara de diputados. (2018) Informe de la comisión de familia referido a dos proyectos de ley que modifican normas del código civil en materia de cuidado per-sonal de los hijos, Boletines N°s 5917-18 y 7007-18, Refundidos. Recuperado de http://bit.ly/2mVHJJA
  12. Chile, Ministerio de Justicia. (2000). Código Civil. Recuperado de http://bcn.cl/1uu74
  13. Chile, Ministerio de Justicia. (1943). Código Orgánico de Tribunales: Ley 7421. Recu-perado de http://bcn.cl/1uvpf
  14. Chile, Ministerio Secretaria General de la Presidencia. (1980). Constitución Política de la República. Recuperado de http://bcn.cl/1uva9
  15. Cruz, B. (2012). La guarda y custodia de los hijos en las crisis matrimoniales. Madrid: La Ley.
  16. Delgado, G. (2010). La custodia de los hijos. La guarda compartida: opción preferente. Cizur Menor: Thomson Reuters.
  17. España, Ministerio de Gracia y Justicia. (1889). Código Civil. Madrid: Gaceta de Madrid. Recuperado de http://bit.ly/2mEwNAg
  18. Espejo, N. (2016). El derecho a la vida familiar, los derechos del niño y la responsabili-dad parental. En C. Lepin y M. Gómez de la Torre (Eds.), Estudios de derecho de familia (Vol. 1, pp. 197-209). Santiago: Thomson Reuters.
  19. F con V, 4889-2015 (Corte Suprema 10 de noviembre del 2015).
  20. Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia. (1989). Convención sobre los Derechos del Niño. Recuperado de http://bit.ly/2mOhIvR
  21. France. (2007). Code civil. Recuperado de http://bit.ly/2km2M6W
  22. G con R, 22881-2014 (Corte Suprema 29 de septiembre de 2015). Recuperado de http://bit.ly/2mdMjCQ
  23. Gete-Alonso, M. y Solé, J. (2014). Filiación y potestad parental. Valencia: Tirant lo Blanch.
  24. Guilarte, C. (2014). La concreción del interés del menor en la jurisprudencia del tribunal supremo. Valencia: Tirant lo Blanch.
  25. Gilmore, S. (2006). Contact/shared residence and child well-being: research evidence and its implications for legal decision-making. International journal of law, policy and the family, 20(3), 344–365. https://doi.org.10.1093/lawfam/ebl016
  26. Hayden, A. (2011). Shared custody: a comparative study of the position in Spain and England. InDret, 2011(1), 32. Recuperado de http://bit.ly/2ny4Dqo
  27. Herrera, M. (2015). Manual de derecho de las familias. Buenos Aires: AbeledoPerrot. Recuperado de http://bit.ly/2odsAE5
  28. Herring, J., Probert, R., y Gilmore, S. (2012). Great debates in family law. Croydon: Palgrave Macmillan.
  29. Illanes, A. (2014). El resguardo de la corresponsabilidad parental en la Reforma de la Ley N° 20.680. En A. Vidal Olivares, G. Severín Fuster, C. Mejías Alonso. (Eds,), Estudios de Derecho Civil (Vol. 10, pp. 299-307). Santiago: Thomson Reuters.
  30. Illanes A. (2016).Incoherencias del régimen de custodia compartida introducido por la Ley N° 20.680”. En M. Barría Paredes (Coord.), Estudios de Derecho Civil (Vol. 11, pp. 139- 152). Santiago: Thomson Reuters.
  31. Italia. (1942). Il Codice Civile Italiano. Recuperado de http://bit.ly/2mMesBl
  32. Lathrop Gómez, F. (2017). El cuidado de los niños después de la separación de sus padres: ¿ayuda a los niños la legislación sobre tiempo de parentalidad compartida?. En F. Lathrop Gómez y N. Espejo Yaksic (Coord.), Responsabilidad parental (pp. 163-198). Santiago: Thomson Reuters.
  33. Miranda, M. (2009). La protección de menores: una perspectiva constitucional. En Cuadernos de derecho judicial, (2), 11-70.
  34. Montero, J. (2001). Guarda y custodia de los hijos: la aplicación práctica del artículo 92 del Código Civil. Valencia: Tirant Lo Blanch.
  35. Negroni Vera, G. (2014). Corresponsabilidad parental un cambio de enfoque radical. Revista de derecho de familia, 1 (1), 103-126.
  36. Ley N° 15/2005, de 8 de julio de 2005, por la que se modifican el Código Civil y la Ley de Enjuiciamiento Civil en materia de separación y divorcio. Boletín Oficial del Estado, Madrid, España, 9 de julio de 2005. Recuperado de http://bit.ly/2nDM9F4
  37. Ley 19.968, de 25 de agosto de 2004, crea los Tribunales de Familia. Diario Oficial de la República de Chile, Santiago, 30 de agosto de 2004. Recuperado de http://bcn.cl/1uw0y
  38. Ley 20.680, de 16 de junio 2013, Introduce modificaciones al Código Civil y a otros cuerpos legales, con el objeto de proteger la integridad del menor en caso de que sus padres vivan separados. Diario Oficial de la República de Chile, 21 de junio 2013. Recuperado de http://bcn.cl/1v8p5
  39. Lowe, N. y Douglas, G. (2015). Bromley’s Family Law. Oxford: Oxford University Press.
  40. Nikolina, N. (2015). Divided parents, shared children (Vol. 39). Cambridge: Intersentia.
  41. Notrica, F. y Rodríguez Iturburu, M. (2014). Responsabilidad parental: algunos aspec-tos trascendentales a la luz del Nuevo Código Civil y Comercial de la Nación. Saldan-do viejas deudas. En M. Graham y M. Herrera (Dirs.), Derecho de las familias, infancia y adolescencia: una mirada crítica y contemporánea (pp.133-155), Buenos Aires: Infojus. Recuperado de http://bit.ly/2lWyl89.
  42. Otárola Espinoza, Y. (2013). La autoridad paternal conjunta, independiente de quien tiene el cuidado personal de los hijos, si los padres viven separados en Chile. En Anuario IDEJ, 2013, 18-27. Recuperado de http://bit.ly/2mFcpyE
  43. Pellegrini, M. V. (2016). Responsabilidad parental. En M. Herrera, G. Caramelo, S. Pi-casso (Dirs.), Código Civil y Comercial de la Nación comentado. (Vol. 2, pp. 466-540). Buenos Aires: Infojus. Recuperado de http://bit.ly/2lUDZYq
  44. Pérez Conesa, C. (2016). La custodia compartida. Pamplona: Aranzadi.
  45. Perú, Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social. (2000). Código de los niños y adoles-centes. Recuperado de http://bit.ly/2oenib8
  46. Picontó, T. (2010). Ruptura familiar y coparentalidad: un análisis comparado. En su La custodia compartida a debate (Vol. 56, pp. 45–76). Madrid: Dykinson.
  47. Pinto Andrade, C. (2009). La custodia compartida. Barcelona: Bosch.
  48. Poussin, G. y Lamy, A. (2005). Custodia compartida, cómo aprovechar sus ventajas y evitar tropiezos. Madrid: Espasa Calpe.
  49. Proyecto Ley de 12 de junio 2008, Introduce modificaciones al Código Civil y a otros cuerpos legales, con el objeto de proteger la integridad del menor en caso de que sus padres vivan separados. Boletín N° 5917 18. Recuperado de http://bit.ly/2m7zD08
  50. Proyecto Ley de 29 de junio 2010, Introduce modificaciones en el Código Civil, en relación al cuidado personal de los hijos. Boletín N° 7007-18. Recuperado de http://bit.ly/2mdOHtk
  51. Rivera Álvarez, J. M. (2006). La custodia compartida impuesta por el juez a solicitud de uno de los padres una realidad excepcional en las crisis matrimoniales: el párrafo octavo del art. 92 del CC. Acciones e Investigaciones Sociales, (Extra 1), 186. Recuperado de http://bit.ly/2o9gews
  52. Rhoades, H. y Boyd, S. B. (2004). Reforming custody laws: a comparative study. International journal of law, policy and the family, 18(2), 119–146. https://doi.org/10.1093/lawfam/18.2.119
  53. Rodríguez Pinto, M. S. (2010). El cuidado personal de niños y adolescentes, en el nuevo derecho chileno de familia, Santiago: Abedelot-Perrot.
  54. Rodríguez Pinto, M. S. (2014). Nuevas normas sobre cuidado personal, relación directa y regular y patria potestad en el Código Civil chileno. Revista de derecho de familia, 1(1), 77-101.
  55. Sanford, K. (2003) Family law in America. New York (NY): Oxford University Press. https://doi.org/10.1093/acprof:oso/9780199264346.001.0001
  56. Seijas, J., Arroyo, F. y Baena, E. (2015). Recopilación de doctrina jurisprudencial de la sala primera en materia de derecho de familia año 2014. Custodia, traslado de meno-res y desamparo. En Asociación española de abogados de familia, Nuevos impulsos para el derecho de familia: ponencias del XXII encuentro de la AEAFA (pp. 107-132), Ma-drid: Sepín.
  57. Sentencia de Tenencia Compartida !!!: TPNHY. (2019). Recuperado de http://bit.ly/2osleg5
  58. Sentencia del Tribunal Supremo Español, 25 abril 2014, Roj: STS 1699/2014 - ECLI: ES:TS:2014:1699 (Tribunal Supremo. Sala de lo Civil) Recuperado de: http://bit.ly/2mQbThl
  59. Skjørten, K. y Barlindhaug, R. (2007) The Involvement of children in decisions about shared residence. International journal of law, policy and the family, 21(3), 373–385. https://doi.org/10.1093/lawfam/ebm011
  60. Tapia Rodríguez, M. (2013). Actualidad legislativa. Revista chilena de derecho privado, (21), 477–491. https://doi.org/10.4067/s0718-80722013000200022
  61. Uruguay, Cámara de Senadores. (2014). Código de la Niñez y la Adolescencia. Recu-perado de http://bit.ly/2nIG5uR
  62. Villagrasa, C. (2010). La custodia compartida en España y en Cataluña: entre deseos y realidades. En T. Picontó (Ed.), La custodia compartida a debate (Vol. 56, pp. 76–99). Madrid: Dykinson.
  63. Z con S, 6320-2015 (Corte Suprema 17 de diciembre de 2015). Recuperado de http://bit.ly/2mWORW7
  64. Zarraluqui, L. (2003). El menor en las crisis familiares. En I. Lázaro, Isabel y I. Mayoral (Coords.), Jornadas sobre derecho de los menores (pp. 159-202). Madrid: Universidad Pontificia de Comillas.