No. 3 (1996)
Research

Admisibilidad jurídica de un estatuto diferencial para el régimen de las aguas continentales en la segunda región

Alberto Tala Japaz
Universidad Católica del Norte.
Bio
José Antonio González Pizarro
Universidad Católica del Norte.
Bio

How to Cite

Tala Japaz, A., & González Pizarro, J. A. (1996). Admisibilidad jurídica de un estatuto diferencial para el régimen de las aguas continentales en la segunda región. Revista De Derecho (Coquimbo. En línea), 3, 101-175. https://revistaderecho.ucn.cl/index.php/revista-derecho/article/view/2300

Abstract

PRIMERA PARTE: Marco general de análisis de la problemática jurídica de los estatutos diferenciales de aguas terrestres. 1.- ¿En qué consiste la admisibilidad jurídica de un régimen diferencial de aguas terrestres? 11.- Lineamientos de un proceso histórico de fijación del Derecho de Aguas, desde la perspectiva de los estatutos diferenciales. La situación en Canarias y Washington. 1.- Marco general. 2.- La fuente romana. 3.- La corriente francesa. 4.- La corriente alemana. 5.- La corriente española. 6.- La corriente sajona. 111.- Las actuales tendencias internacionales acerca de los estatutos diferenciales de aguas. IV.- El principio de la unidad de la cuenca hidrográfica y la cuestión de los estatutos diferenciales de aguas terrestres. V.- Conclusiones. SEGUNDA PARTE: El proceso histórico de fijación del Derecho de Aguas nacional desde la perspectiva de los estatutos diferenciales para Antofagasta. 1.- Las aguas terrestres en el marco de la precodificación hasta 1951. Derecho y realidad en el territorio nacional y regional. 1.- El Derecho Indiano en cuanto ordenamiento jurídico adecuado geográficamente. 2.- La regulación jurídica hidrológica indiana en el despoblado de Atacama. 3.- Antecedentes prelegislativos de aguas en la formación del Derecho Nacional. 4.- Normativa jurídica de aguas para Antofagasta a partir del siglo XIX. 11.- Síntesis de la evolución del Derecho de Aguas nacional codificado, desde la perspectiva regional de Antofagasta. 1.- Aspectos preliminares. 2.- La bases del Código de Aguas de 1951. 3.- Las bases del Código de Aguas de 1969. 4.- Las bases del Código de Aguas de 1981. 111.- Conclusiones. TERCERA PARTE: Diferenciales jurídico regionales en el uso sectorial de los recursos hídricos. 1.- Uso hidrológico minero. 11.- Uso hidrológico agrícola. 111.- Uso hidrológico energético. IV.- Uso hidrológico sanitario. V.- Uso hidrológico ecológico. VI.- Conclusiones. CUARTA PARTE: Instrumentos de adecuación regional de un sistema unitario de Derecho de Aguas por la vía de la gestión hídrica por cuenca. 1.- La planificación hidrológica. 11.- Cargas a beneficio público en el aprovechamiento de aguas bajo sanción de extinción o caducidad del derecho. 111.- Conclusiones. EPILOGO: Hacia un Derecho de Aguas de transición.

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