Principios generales del Derecho Penal en el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional

Autores/as

  • Kai Ambos

Resumen

Más de cincuenta años después de los juicios de Nuremberg, la Comunidad internacional ha creado un Tribunal Penal Internacional (ICC) permanente. La dramática votación de Roma del día 17 de julio de 1998, que se prolongó hasta altas horas de la noche, aprobó por una abrumadora mayoría el Estatuto para la creación de un ICC por 120 votos a favor y 7 en contra, con 21 abstenciones. Esta votación supuso un gran avance histórico y la conclusión inequívoca de la voluntad de frenar decididamente la impunidad de graves violaciones de Derechos Humanos.

Sin embargo, un examen más detenido del Estatuto de Roma nos lleva rápidamente de vuelta a complejos tecnicismos legales e insuficiencias, resultado del 11 espíritu de compromiso" presente en las negociaciones diplomáticas que tuvieron lugar en el edificio FAO de Roma. El Estatuto de Roma no es precisamente un depurado código de Derecho penal y procesal penal desde el punto de vista dogmático, ni podía serlo. Pero, es un intento de hacer concurrir los modelos de justicia criminal de más de 150 Estados dentro de un sistema legal más o menos aceptable para la mayoría de las delegaciones presentes en Roma. Esto se puede afirmar de todo el Estatuto, pero en especial de la Parte 111, titulada "Principios Generales"- Para los penalistas, la Parte General, es el centro de reflexiones dogmáticas y el punto de partida de todo modelo de justicia criminal.

Cómo citar

Ambos, K. (1). Principios generales del Derecho Penal en el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional. Revista De Derecho (Coquimbo. En línea), (8), 199-229. Recuperado a partir de https://revistaderecho.ucn.cl/index.php/revista-derecho/article/view/2185

Número

Sección

Investigaciones